ROBO, RESTITUCION EL OBJETO DEL.
De acuerdo con las doctrinas, debe entenderse por restitución de lo robado, para el efecto de disminuir la pena, la entrega o devolución voluntaria por parte del agente de la infracción, del objeto del robo; pero no puede considerarse como restitución, el hecho de que se despoje al acusado, ya por la autoridad o ya por un particular, del objeto del delito, pues es indiscutible que la ley, para el fin de reducir la sanción, tiene en cuenta el arrepentimiento del infractor, que se demuestra con la reintegración, motu propio, de la cosa sustraída.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307225-2c2a5a18/robo-restitucion-el-objeto-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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