Corpus
Modo: Corpus Pro

AGRAVIOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 307274 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVII; Pág. 2213

Si la autoridad recurrente, en sus alegaciones aceptó que no envió al Juez del amparo todas las pruebas existentes en autos, no puede invocar como agravio el hecho de no haber considerado el inferior, elementos de que no tuvo conocimiento, al pronunciar su fallo, ya que correspondiendo a la responsable, al rendir su informe, justificar su procedimiento, al dejar de acreditar su constitucionalidad, el inferior no le causa agravio alguno, si los estima infundados con vista de las pruebas aportadas, puesto que debe fallar únicamente con los elementos que las partes aportan al juicio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307274-302b5585/agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 10463/42. Macías Gerónimo y coagraviados. 22 de julio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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