REPARACION DEL DAÑO.
La reparación del daño sólo puede comprender lo que sea preciso reparar, de acuerdo con las pruebas obtenidas en el proceso, y este requisito no puede considerarse satisfecho con la sola afirmación del agraviado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307527-07b98f6f/reparacion-del-dano · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 9803/42. Cedeño Rodolfo. 10 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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