REPARACION DEL DAÑO.
Siendo la reparación del daño parte de la sanción pecuniaria que exigirá de oficio el Ministerio Público, la sentencia debe absolver o condenar respecto ella, y si no existe prueba sobre la cuantía de dicha reparación, debe absolverse y la sentencia que condena a la reparación en tales condiciones, es violatoria de garantías.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311309-b25962c7/reparacion-del-dano · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4175/36. Botello Pablo. 24 de marzo de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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