FALSIFICACION.
Si existen dos dictámenes de peritos que llegan a conclusiones contradictorias, indudablemente no hay prueba plena de la existencia del delito de falsificación, aun sin preferir uno de esos dictámenes que a juicio del Juez merece mayor crédito, por estar corroborado con las declaraciones de los testigos que aseguran haber presenciado cuando se puso la firma auténtica y que se dice falsificada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307578-39ae1a13/falsificacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2557/43. Molet Leoncio. 23 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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