FRAUDE.
El delito antes calificado por la ley como estafa y ahora como fraude, está integrado por dos elementos: primero, el engaño a la víctima o la maliciosa disimulación del error padecido por la misma; segundo, el dolo penal, formado por el conocimiento de la naturaleza delictuosa del hecho, por la voluntad de consumar éste y por la dañada intención de menoscabar el patrimonio ajeno.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/307580-191777d5/fraude · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 1960/41. Lamadrid y Crespo Francisco de.- 23 de junio de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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