TERRENOS DE PROPIEDAD NACIONAL, EFECTOS DE LA DECLARACION DE.
El efecto de la declaración de que un terreno es de propiedad nacional, es el de que la propiedad y la posesión del mismo pasen a la nación, que es, según el acuerdo que hace dicha declaración, la legítima propietaria, y tales actos, aun suponiéndolos desde el punto de vista exclusivamente de una relación entre propietarios, no son meramente declarativos, ya que desde ese momento, no se reclama el mencionado acuerdo, deja de ser propietario el antiguo dueño, para pasar la propiedad a la nación. Así, pues, la declaración de propiedad que se hace por la autoridad señalada como responsable, tiene efectos positivos que son susceptibles de suspenderse, a fin de que las cosas se mantengan en el estado que guardan, hasta que se dicte la sentencia definitiva en el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/308892-ac71317a/terrenos-de-propiedad-nacional-efectos-de-la-declaracion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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