SELLOS, FIJACION DE, EN CASO DE EMBARGO DE ESTABLECIMIENTO COMERCIAL.
Si se reclama en amparo el embargo trabado en un establecimiento comercial, cuyas puertas fueron selladas, se trata de un acto consumado y la suspensión debe negarse, porque no puede tener efectos restitutorios que corresponden a la sentencia que se dicte en el fondo del amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309309-bb169189/sellos-fijacion-de-en-caso-de-embargo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 208/40. Salán y Socana Tomás. 15 de abril de 1940. Mayoría de tres votos. Disidentes: Jesús Garza Cabello y Alonso Aznar Mendoza. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
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- SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. NO PROCEDE CONCEDERLA CONTRA LA CLAUSURA DEFINITIVA DE UN ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO. (PC.IV. J/2 K (10a.))
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