ESTUPRO, PRUEBA DE LA SEDUCCION EN EL DELITO DE (LEGISLACION DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSI).
Si la víctima era menor de 16 años de edad, cuando ocurrieron los hechos relativos, conforme a la prevención del artículo 799 del Código Penal, vigente en el Estado de San Luis Potosí, debe presumirse que el acusado empleó la seducción, para lograr el consentimiento de la menor.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309756-a6db2bf5/estupro-prueba-de-la-seduccion-en-el-delito · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7669/38. Rodríguez Miguel. 2 de agosto de 1939. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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