DESPOJO.
El delito de despojo sólo puede ser cometido por la violencia o por el fraude, razón por la que no puede existir cuando se pierde la posesión de un inmueble, por otras causas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310024-bd0113af/despojo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 5217/38. Compañía Industrial Jabonera de la Laguna, S. M. L. 10 de febrero de 1939. Mayoría de tres votos. Disidentes: Agustín Gómez Campos y Alonso Aznar Mendoza. Relator: José M. Truchuelo.
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