SUSPENSION, DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS CON MOTIVO DE LA CONTRAFIANZA EN LA.
Si el quejoso no rinde prueba alguna para demostrar que se le causaron los daños y perjuicios que pretende, con motivo de la contrafianza otorgada en el incidente de suspensión, es legal la resolución del Juez de Distrito que absuelve al demandado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310089-98f993cd/suspension-danos-y-perjuicios-causados-con-motivo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo civil 369/36. Raygosa de Robles Margarita. 21 de marzo de 1939. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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