CONDENA CONDICIONAL, PRUEBA DE LA BUENA CONDUCTA CON MOTIVO DEL BENEFICIO DE LA.
El hecho de que el acusado figure con varios ingresos a la cárcel y que haya sido condenado administrativamente por delitos leves de contrabando, que no caen bajo la jurisdicción judicial, indica que ha observado mala conducta anterior, y como el artículo 90 del Código Penal, vigente en el Distrito Federal, entre uno de los requisitos para conceder el beneficio de la condena condicional, exige que el reo haya observado buena conducta anterior, es indudable que no está probado el propio requisito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310108-14db0fb3/condena-condicional-prueba-de-la-buena-conducta-con · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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