CONDENA CONDICIONAL, PRUEBA DE LA MALA CONDUCTA CON MOTIVO DE LA.
La Suprema Corte de Justicia ha resuelto que el hecho de que un individuo haya sido procesado, no es impedimento para otorgarle la condena condicional, porque eso no significa que haya delinquido con anterioridad; y tal tesis se ha establecido en relación con el requisito consistente en que sea la primera vez que delinque el reo. En cuanto a la conducta anterior, el hecho de que figure el acusado con varios ingresos a la cárcel y que haya sido condenado administrativamente, por delitos leves que no caen bajo la jurisdicción judicial, indica que aquél ha observado mala conducta anterior y no se cubre uno de los requisitos que exige el artículo 90 del Código Penal vigente en el Distrito Federal para que se conceda el beneficio de la condena condicional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/309682-b5e2c549/condena-condicional-prueba-de-la-mala-conducta-con · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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