AUTO DE FORMAL PRISION, AL QUEJOSO CORRESPONDE PROBAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL.
Si en el amparo que se pide contra un auto de formal prisión, la parte quejosa ofrece solamente como prueba el informe rendido por la autoridad responsable, y a ese informe no se acompañó certificación de las actuaciones necesarias para apoyarlo, como el artículo 149 de la Ley de Amparo dispone que la falta de informe de la autoridad responsable, establece la presunción de ser cierto el acto reclamado, salvo prueba en contrario, quedando a cargo del quejoso, la prueba de los hechos que determinen su inconstitucionalidad, cuando dicho acto no sea violatorio de garantías en sí mismo, sino que su constitucionalidad o inconstitucionalidad depende de los motivos, datos o pruebas que se haya fundado el propio acto; y como un auto de formal prisión, por emanar de la autoridad judicial, no debe reputarse violatorio de garantías en sí mismo, a la parte quejosa incumbe probar la inconstitucionalidad de tal mandamiento, y si no lo hace, debe negarse el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310155-c73c29cb/auto-de-formal-prision-al-quejoso-corresponde-probar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AUTO DE FORMAL PRISION. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION, CONSTITUCIONALIDAD DEL, CUANDO SE OMITE EL INFORME JUSTIFICADO. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION. CORRESPONDE AL QUEJOSO DEMOSTRAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL. (427)
- AUTO DE FORMAL PRISION. CORRESPONDE AL QUEJOSO DEMOSTRAR LA INCONSTITUCIONALIDAD DEL. (VI. 2o. J/268)
- AUTO DE FORMAL PRISION, CONSTITUCIONALIDAD DEL, CUANDO FALTA EL INFORME JUSTIFICADO. (s/clave)
- AUTO DE FORMAL PRISION, AMPARO CONTRA DEL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis