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Modo: Corpus Pro

GARANTIAS RECLAMADAS, FACULTAD DE LOS JUECES PARA SUPLIR EL ERROR RESPECTO DE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 310550 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LV; Pág. 961

El artículo 79 de la Ley Orgánica del Amparo, faculta para suplir los errores en que haya incurrido la parte agraviada al citar la garantía cuya violación reclama, otorgando el amparo por la que realmente aparezca violada; pero sin cambiar los hechos o conceptos de violación expuestos en la demanda.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310550-99ae2f08/garantias-reclamadas-facultad-de-los-jueces-para-suplir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 6045/37. Helguera F. José María. 28 de enero de 1938. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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