Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

APELACION EN MATERIA PENAL, DEFICIENCIA DE LOS AGRAVIOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 310688 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LIV; Pág. 797

El tribunal de apelación podrá suplir la deficiencia de los agravios, cuando el recurrente sea el acusado o cuando siéndolo el defensor, se advierta que por torpeza no los hizo valer debidamente y si se declara que en vista de que el defensor no expresó agravios, procede confirmar la sentencia de primera instancia, la Suprema Corte debe analizar las constancias del proceso, para determinar si se ha comprobado el cuerpo del delito y la responsabilidad del quejoso al conocer del asunto en amparo directo, aunque no haya alegado agravio alguno en ese sentido.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310688-28864c25/apelacion-en-materia-penal-deficiencia-de-los-agravios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal directo 4028/37. Rosas Dorado Eleuterio. 21 de octubre de 1937. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Daniel Galindo. La publicación no menciona el nombre del ponente.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis