APELACION EN MATERIA PENAL.
Si no se expresan agravios contra el fallo de primera instancia y al contrario se dice que no se impugna por estar correctamente dictada, el tribunal de apelación no puede suplir agravios para modificar la sentencia apelada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/303513-94fc080e/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4447/46. Romero Flores Angel. 20 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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