LEGITIMA DEFENSA, EXCULPANTE DE.
No puede decirse que la agresión sea inminente, cuando sólo hay cambio de palabras injuriosas entre el acusado y la víctima, y después ésta hace ademán de sacar una arma, sin hacerlo, ya que el primero de aquéllos no corrió un peligro inminente de ser muerto por su agresor y, por tanto, no existe la exculpante de legítima defensa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310767-cdc38b98/legitima-defensa-exculpante-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 6401/37. Cedillo José. 1o. de diciembre de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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