ULTRAJE A AGENTES FISCALES.
El artículo 189 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, establece que al que cometa un delito contra un funcionario público o agente de la autoridad, en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, se le aplicará de tres días a tres años de prisión, además de la que le corresponde por el delito cometido, y si el ultrajado tiene el carácter de agente Fiscal, es aplicable dicho artículo, si su cargo lo autorizaba para ejercer funciones de vigilancia y policía, como sucede en el tráfico de alcoholes, y tenía autoridad suficiente para hacer respetar sus determinaciones, lo cual lo colocaba en una situación distinta a la que guarda un simple empleado administrativo, que carece de autoridad.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/310943-ed86a109/ultraje-a-agentes-fiscales · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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