PRUEBA DOCUMENTAL EN AMPARO (COPIAS FOTOSTATICAS).
Si como prueba se pide en un juicio de amparo, que se tenga a la vista la copia fotostática de un cheque, que obra en el proceso que se sigue ante la autoridad responsable, a fin de que se compare la firma que obra en aquel documento, con la del quejoso, y se certifique lo que de notorio existiere en cuanto a la semejanza del nombre que figura en el citado documento, con el que el peticionario ha puesto en las actas de visitas de cárceles, la indicada prueba no es inspección judicial, sino pericial, y debe desecharse, si se promueve con el primero de esos caracteres.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311069-c4d2f808/prueba-documental-en-amparo-copias-fotostaticas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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