PRUEBA DOCUMENTAL EN AMPARO (COPIAS FOTOSTATICAS).
Debe desecharse en amparo la prueba documental consistente en la copia fotostática de un documento que obra en el expediente que está a disposición de la autoridad responsable, puesto que quien ofrece la prueba, está en aptitud legal de solicitar la remisión del original o copia certificada del mismo pues, de lo contrario, la indicada prueba habría de adminicularla con una inspección ocular sobre el expediente, para tomar datos del documento o de la copia agregada al proceso.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311070-efb82f09/prueba-documental-en-amparo-copias-fotostaticas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Queja en amparo penal 111/37. Sánchez Méndez Antonio. 15 de junio de 1937. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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