RECURSOS PENDIENTES EN MATERIA PENAL.
Es improcedente el amparo que se endereza contra el auto de formal prisión, si contra él se interpuso el recurso de apelación, que está pendiente de resolverse, de acuerdo con la fracción VII del artículo 43 de la Ley de Amparo anterior a la vigente, en concordancia con la fracción XIV del artículo 73 de la actual.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311891-79f38437/recursos-pendientes-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 5057/37. Cantarrell V. Manuel. 13 de marzo de 1936. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Quinta Epoca:
Tomo XLVII, página 4280. Amparo penal en revisión 6742/34. Cantarrell V. Manuel. 13 de marzo de 1936. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Rodolfo Asiáin.
Jurisprudencia relacionada
- RECURSOS PENDIENTES EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- RECURSOS PENDIENTES EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- RECURSOS PENDIENTES EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- RECURSOS PENDIENTES EN MATERIA PENAL. (s/clave)
- RECURSOS PENDIENTES EN MATERIA PENAL. (984)
- RECURSOS PENDIENTES EN MATERIA PENAL-[TESIS HISTÓRICA].- (181 (H))
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis