LEY DE IMPRENTA.
La expedida por el ciudadano Venustiano Carranza, con fecha 9 de abril de 1917, rige en el Estado de Nayarit, de acuerdo con el artículo 89 de la Constitución Local del mismo Estado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312312-d790c0c9/ley-de-imprenta · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 4617/33. Arriola Valadez Agustín. 28 de agosto de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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