AUTO DE FORMAL PRISION.
Es violatorio del artículo 19 de la Constitución Federal, el auto de formal prisión en el cual no se expresa cuáles son las pruebas que demuestran la existencia del delito, ni los datos sobre la probable responsabilidad del acusado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312741-6dbf65cf/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 2041734. Radilla José y coagraviados. 18 de septiembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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