AUTO DE FORMAL PRISION.
Si no se demuestra legalmente el cuerpo del delito, el auto de formal prisión que se dicte en tales condiciones, es violatorio del artículo 19 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/311089-ee42c48f/auto-de-formal-prision · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 8063/36. Garduño Palacios Enrique. 23 de junio de 1937. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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