MINISTERIO PUBLICO, CUANDO ES AUTORIDAD.
Cuando el Ministerio Público procede a hacer una investigación previa al ejercicio de la acción penal, citando para ese efecto, a las partes, a las que toma declaraciones, etcétera, está actuando como autoridad, siendo, por lo tanto, procedente el amparo que, en este caso, se interponga contra sus actos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/312846-07faa0da/ministerio-publico-cuando-es-autoridad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda 5780/33. Marmolejo Vicente. 14 de noviembre de 1934. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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