Corpus
Modo: Corpus Pro

CONFESION ARRANCADA POR LA VIOLENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 313392 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1625

Si el acusado alega en el juicio de amparo, que la confesión que rindió ante las autoridades de policía, fue arrancada por amenazas y violencias, y rindió pruebas de las cuales pudiera desprenderse aquella afirmación, como tales actos, de ser ciertos, constituyen la comisión de un delito, mientras no recaiga sentencia definitiva en el proceso respectivo, que tenga por demostrados tales hechos, la autoridad federal no puede prejuzgarlos, sin salirse de la órbita de sus funciones.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313392-100dedd5/confesion-arrancada-por-la-violencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo penal en revisión 12630/32. Rodríguez Coutiño Rigoberto. 13 de julio de 1933. Mayoría de tres votos respecto a los puntos segundo y tercero resolutivos y por unanimidad de cinco votos, respecto al cuarto y quinto. Disidentes: Paulino Machorro y Narváez, y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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