CONFESION ANTE LA POLICIA JUDICIAL.
En el supuesto de que la confesión sea obtenida mediante coacción moral o violencia física, por parte de la Policía Judicial, debe decirse que independientemente de que ésta es una autoridad competente en ejercicio de sus funciones constitucionales de investigación y persecución de los delitos, si pudiera estimarse dicha confesión viciada, resulta cierto y legal, que cuando la misma se ratifica, amplía o rinde en iguales términos ante el Ministerio Público, la confesión se convalida purgándose por ende cualquier vicio, adquiriendo el valor jurídico de prueba confesional que reúne los requisitos de espontaneidad e inmediatez, puesto que es producida sin tiempo suficiente de aleccionamiento o reflexiones defensivas, debiendo prevalecer sobre cualquier retractación posterior.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/245274-bdcf6b78/confesion-ante-la-policia-judicial · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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