ENAJENACION MENTAL, EXCLUYENTE DE.
Si el dictamen pericial no afirma que exista un estado de enajenación mental que quite la libertad del acusado y que le impida, de una manera absoluta, conocer la ilicitud del hecho delictuoso, y fue rendido un año después, de que el procesado delinquió, sin que los peritos que lo emitieron hagan referencia al estado mental del reo en la época en que se efectuó el acto delictuoso, es lógico que de la aseveración de que en la actualidad presenta el procesado signos de locura, no se infiere que ese estado, con los caracteres de inhibición volitiva o de extravío completo del sentido moral, requeridos por la ley, haya sido el predominante en los momentos en que cometió la infracción penal que se le imputa.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313499-75797345/enajenacion-mental-excluyente-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- ENAJENACION MENTAL, EXCLUYENTE DE. (s/clave)
- ENAJENACION MENTAL, COMO EXCLUYENTE. (s/clave)
- ENAJENACION MENTAL, PRUEBA DE LA. (s/clave)
- TRASTORNO MENTAL COMO EXCLUYENTE (LEGISLACION MILITAR). (s/clave)
- ENAJENACION MENTAL TRANSITORIA, EXCLUYENTE DE RESPONSABILIDAD. (s/clave)
- ENAJENACION MENTAL. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis