AMNISTIA.
La amnistía es una de las causas que extinguen la acción penal, pero no produce efectos sino en cuanto a los hechos pasados; pues seria absurdo pretender que a su amparo, quedara justificada la continuación de actos delictuosos, revistiéndolos de legalidad, solamente porque su ejecución se inicio en la época a que se extiende su perdón. Interpretarse de otra manera la amnistía, sería incompatible con el orden social.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/313614-270b21eb/amnistia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2725/31. Baudelio Ornelas. 25 de octubre de 1932. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- AMNISTÍA.- (240)
- AMNISTIA, NATURALEZA JURIDICA Y EFECTOS DE LA. (s/clave)
- AMNISTÍA, NATURALEZA JURÍDICA Y EFECTOS DE LA.- (8)
- AMNISTIA, EFECTOS RETROACTIVOS DE LA. (s/clave)
- AMNISTÍA, EFECTOS RETROACTIVOS DE LA.- (244)
- AMNISTIA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis