AMNISTÍA.-
La amnistía es una de las causas que extinguen la acción penal, pero no produce efectos sino en cuanto a los hechos pasados; pues sería absurdo pretender que a su amparo, quedara justificada la continuación de actos delictuosos, revistiéndolos de legalidad solamente porque su ejecución se inició en la época a que se extiende su perdón. Interpretarse de otra manera la amnistía, sería incompatible con el orden social.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/905181-f5fbccf9/amnistia-- · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2725/31.-Baudelio Ornelas.-25 de octubre de 1932.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.
Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XXXVI, página 1314, Primera Sala.
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