TESTIGOS EN EL AMPARO.
La ley reglamentaria del amparo, no prevé el caso de que sean tachados los testigos que declaren en la audiencia constitucional; pero esto no es motivo para desechar la promoción relativa, pues entonces debe recurrirse a las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, en calidad de supletorio de la Ley de Amparo; y si el artículo 80 de esa ley, faculta a las partes para objetar de falsos los documentos que se presenten como prueba, y dispone que el Juez suspenda la audiencia para dentro de diez días, y que al reanudarse, se rindan las pruebas y contrapruebas sobre la autenticidad de los documentos impugnados, es porque la mente del legislador fue que dicha prueba es susceptible de impugnación, y si esto acontece con la prueba documental, no hay razón alguna para negar tal facultad cuando se trata de la prueba testimonial.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314153-c80b34d4/testigos-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS EN EL AMPARO, TRAMITACION DEL PROCEDIMIENTO DE TACHAS DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS, TACHAS DE, EN EL AMPARO. (II.1o.C.T.46 K )
- PRUEBAS TESTIMONIAL Y PERICIAL EN EL AMPARO, CUANDO SE DIFIERE LA AUDIENCIA. (s/clave)
- PRUEBAS EN EL AMPARO.- (2413)
- PRUEBAS EN EL AMPARO. (s/clave)
- TESTIGOS, EN EL JUICIO DE AMPARO. BASTA QUE EL OFERENTE MANIFIESTE QUE NO PUEDE PRESENTARLOS, PARA QUE EL JUEZ DEBA CITARLOS.- (453)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis