PRUEBA PRESUNTIVA.
La Corte no puede sustituir su propio criterio al del Juez común, para estimar el valor jurídico de las presunciones, y debe limitarse a estudiar si fueron observadas, o no, las reglas fundamentales de esa clase de prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314220-8f3b2a6d/prueba-presuntiva · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3178/29. Juárez Dionisio. 20 de enero de 1931. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Francisco Barba.
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