APELACION EN MATERIA PENAL.
Si el tribunal de alzada aumenta la pena impuesta a los procesados, cuando sólo ellos interponen la apelación, con esto viola el artículo 21 constitucional.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314749-d9cb0045/apelacion-en-materia-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2881/27. Galván Ramón y coagraviado. 23 de enero de 1930. Mayoría de tres votos, en cuanto al primer punto resolutivo y los restantes por unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Disidente: Carlos Salcedo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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