ADULTERIO
El delito de adulterio, como todos los actos impúdicos, es refractario a la prueba directa, por lo cual los juzgadores han admitido la indirecta, para comprobar esta clase de delitos. Desde las Leyes de Partida, que están de acuerdo con la doctrina admitida por el derecho español antiguo y por las escuelas modernas, principalmente la italiana y la alemana, es admitida la prueba indirecta para la comprobación de este delito.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/314753-266d161d/adulterio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 3239/27. Zazueta Pastor y coagraviado. 23 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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