ASEGURAMIENTO DE BIENES.
Para que proceda el amparo contra el aseguramiento de bienes objeto del delito, que se haga recaer en bienes distintos es preciso que el afectado por la ejecución demuestre que los bienes cuya posesión se le arrebata no son los que se mandaron asegurar y, además, que efectivamente tenía la posesión de ellos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315191-e5918efe/aseguramiento-de-bienes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal en revisión 3256/28. Nethken Howard. 8 de mayo de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca:
Tomo XIV, página 1701, tesis de rubro "ASEGURAMIENTO DE BIENES.".
Tomo XV, página 454, tesis de rubro "ASEGURAMIENTO DE BIENES.".
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