RESPONSABILIDAD PENAL.
Si el acusado niega tenerla, toca al Ministerio Público que ejercita la acción relativa, la carga de la prueba, cuando la negativa está de acuerdo con la presunción legal de que a todo acusado debe tenérsele como inocente, mientras que no se demuestre lo contrario.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315280-1783d8c8/responsabilidad-penal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. Guadarrama Fructuoso. 24 de mayo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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