AUTO DE EJECUCION.
Siendo el auto de ejecución apelable, no tiene el carácter de irreparable, y, por lo mismo, contra él es improcedente el amparo.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315461-1e0f7c07/auto-de-ejecucion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Tomo XXV, página 2406. Indice Alfabético. Amparo en revisión 1646/24. Castro Montano M. Dolores. 20 de abril de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Joaquín Ortega. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XXV, página 406. Amparo civil en revisión 905/26. Arias Rivera Rafael, sucesión de. 29 de enero de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alberto Vázquez del Mercado.
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