AUTOPSIA.
La legislación de Morelos, al establecer los casos en que debe practicarse la autopsia, para comprobar el cuerpo del delito de homicidio, quiso evitar que quedaran impunes los delitos cometidos en lugares donde no pudieran encontrarse peritos que practicaran dicha autopsia, y señala los medios para comprobar el cuerpo del delito, cuando no sea posible llevar esa formalidad; y tales disposiciones no pueden considerarse violatorias de garantías, ni para comprobar el cuerpo del delito, ni para imponer la pena correspondiente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315512-969dc82e/autopsia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 174/24. Gómez Melitón. 15 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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