PARRICIDIO.
Para considerar que existe este delito, no son indispensables los elementos de prueba que se necesitan para deducir un derecho civil, derivado de la relación paterno filial entre el occiso y el matador, sino que basta que, en el momento de delinquir, el homicida haya sabido que se trataba de su padre, por los antecedentes que entre ambos existían.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315555-bef53890/parricidio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo. González Lucio. 5 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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