INDICIOS.
Indudablemente constituye indicio de responsabilidad, que el acusado en un principio se muestre ignorante de los hechos de que se le acusa, y se comprueba después que sí los conocía, y asimismo, la omisión consistente en no dar aviso a las autoridades, de un delito de que el acusado tuvo conocimiento.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/315586-ebe5b5d5/indicios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 2868/27. Navarro Jordán Alejandro. 14 de marzo de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Jurisprudencia relacionada
- INDICIOS, PRUEBA DE. (s/clave)
- INDICIOS, PRUEBA DE. (s/clave)
- INDICIOS, PRUEBA DE, EN MATERIA PENAL. (XII.2o. J/10)
- INDICIOS, PRUEBA DE, EN MATERIA PENAL. (976)
- INCULPACION DEL COACUSADO. (s/clave)
- INDICIOS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis