AGRAVIOS, FALTA DE EXPRESION DE.
No procede la suplencia de la queja, por ser el juicio constitucional en materia administrativa de estricto derecho, a menos que se impugne una ley declarada inconstitucional por esta Suprema Corte.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/316375-9bbf143f/agravios-falta-de-expresion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 5182/55. Panificadora Nápoles, S. A. 12 de enero de 1956. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.
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