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MARCAS INDUSTRIALES, NULIDAD DEL REGISTRO DE TRANSMISION DE DERECHOS SOBRE LAS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 317174 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXIII; Pág. 1275

La Secretaría de Economía carece de facultades para nulificar el registro de transmisión de derechos sobre una marca, ya que la ley no la faculta para ello, por no encontrarse entre las declaraciones administrativas que enumera el artículo 229 de la Ley de la Propiedad Industrial. La declaración de nulidad del registro de transmisión de derechos sobre una marca implica necesariamente una controversia sobre los derechos de propiedad que dicen tener dos personas distintas, y de acuerdo con el artículo 271 de la citada Ley, son los Tribunales los competentes para conocer de las controversias civiles que se susciten con motivo de la aplicación de la misma, lo cual es conforme a la jurisprudencia establecida en el sentido de que las autoridades administrativas no pueden decidir asuntos contenciosos de la competencia de los jueces. Por otra parte, la Secretaría de Economía tampoco puede decidir por sí y ante sí, si la cesión sobre los derechos hecha en favor de la quejosa fue o no legal, por provenir o no de la propietaria real de la marca, si la propia quejosa tenía en su favor dos resoluciones administrativas que causaron estado y efectos contra tercero, ya que aquella autoridad carece de facultades contra esas resoluciones anteriores, de acuerdo con la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317174-77957027/marcas-industriales-nulidad-del-registro-de-transmision-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo administrativo en revisión 3321/54. L. and C. Hardtmuth Inc. 3 de marzo de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Nicéforo Guerrero.

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