EXPROPIACION, REVERSION EN CASO DE.
No cabe invocar como motivo para sobreseer en el Amparo, que el acto reclamado, o sea la negativa a conceder la reversión de un inmueble expropiado, sea consecuencia de actos que deban reputarse consentidos, o sea la expropiación misma, puesto que dicha reversión no es consecuencia de la expropiación de que se trata, sino de un derecho que la ley concede a los que fueron propietarios de los bienes motivo de la expropiación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317345-02ec225a/expropiacion-reversion-en-caso-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3653/54. Olivar de Huitrón Rebeca y coags. 26 de noviembre de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Rivera Pérez Campos. Relator: Octavio Mendoza González.
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