Corpus
Modo: Corpus Pro

REVISION FISCAL, AGRAVIOS DE LA AUTORIDAD.

Clave: — · Registro digital (IUS): 317609 · Tipo: Tesis aislada
Época: 5a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo CXXI; Pág. 2097

Si la resolución que motiva el juicio de nulidad no se fundó en disposición legal alguna y por esta razón la Sala del Tribunal Fiscal declaró la nulidad, y en la revisión fiscal alega como agravio la responsable que la Sala debió decretar la reposición del procedimiento, y que por no hacerlo así existe incongruencia entre la parte considerativa y la resolutiva del fallo, tal incongruencia que se dice existir no lesiona derecho alguno a la recurrente, máxime que la omisión de fundamentación en preceptos de la ley se imputa en la sentencia reclamada a la misma inconforme, y es evidente que el recurso de revisión fiscal no se da para que la autoridad demandada se defienda de sus propias fallas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/317609-8c6e6d27/revision-fiscal-agravios-de-la-autoridad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 283/53. Procuraduría Fiscal del Distrito Federal (Ubaldo López Celis). 6 de septiembre de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.

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