PRUEBAS EN EL AMPARO.
Corresponde a la autoridad responsable el cargo de la prueba de la constitucionalidad de sus procedimientos cuando el acto reclamado no admite duda en su existencia y la constitucionalidad de los actos de la responsable sea dudosa, sin que pueda darse valor de prueba plena a la afirmación de las responsable cuando se opone a la negativa del quejoso, pues esto sería violatorio de todas las normas relativas a la valorización de la prueba fijadas por la Ley de Amparo del Código Federal de Procedimientos Civiles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318040-f690a835/pruebas-en-el-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4185/53. Gutiérrez Felicitas. 1o. de marzo de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Franco Carreño. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
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