15% AD VALOREM, RETROACTIVIDAD DEL IMPUESTO DE (CAFE SIN CASCARA).
El artículo 2o., transitorio, del Decreto de 22 de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho, tiene efectos retroactivos en favor del causante, ya que la intención del mencionado Decreto, en mérito de las condiciones que prevalecían en el país en esa época, fue establecer un tratamiento de excepción al reducir los derechos de explotación en un 30% en aquellos productos cuya exportación quedó autorizada al efecto, entre los cuales se encontraba el café sin cáscara, llenados los requisitos establecidos por la Ley sobre el particular, para que tenga lugar este tratamiento de excepción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318185-ef76f56f/15-ad-valorem-retroactividad-del-impuesto-de-cafe · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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