AGUAS POTABLES, OBRAS DE.
Siendo evidente que el servicio de aguas potables tiene carácter municipal, aun cuando intervenga la Secretaría de Recursos Hidráulicos en la liquidación y cobros correspondientes, de acuerdo con los artículos 5o., y 7o., de la Ley de Ingeniería Sanitaria, debe estimarse que cuando los Estados que participan en tales obras expidan decretos que autoricen la celebración de convenios de cooperación entre el Gobierno local y la Federación, deben ser señaladas como responsables las autoridades respectivas del Estado, en la forma y términos en que participan; de manera que si la demanda de amparo se limita a impugnar la inconstitucionalidad de la Ley de Ingeniería Sanitaria y su reglamento, tal impugnación resulta imperfecta, máxime si el propio quejoso admite que el cobro que se le hace precede del convenio celebrado entre el Estado y la Federación; de donde se desprende que, habiendo deficiencia en la demanda en cuanto a señalar a alguna de las autoridades responsables, con específica precisión de los actos de ellas reclamados, el amparo no podría concederse, invalidando el Decreto del Congreso del Estado que aprobó el convenio aludido, sin oír a las autoridades que intervinieron en esta actividad legislativa; por lo que se surte la causal de improcedencia prevista por la fracción XVIII del artículo 73 de la Ley de Amparo, en concordancia con el artículo 1o., del mismo ordenamiento, y debe sobreseerse en el juicio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318304-8534d3d1/aguas-potables-obras-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AGUAS POTABLES, ADMINISTRACION DE LAS, POR PARTICULARES. (s/clave)
- ACTOS RECLAMADOS. SI NO GUARDAN RELACION ENTRE SI SON MATERIA DE DIVERSAS DEMANDAS. (s/clave)
- AGUAS POTABLES. (s/clave)
- SERVICIOS PUBLICOS, DESCONOCIMIENTO DE CONCESIONES SOBRE. (s/clave)
- SUSPENSIÓN. CORTE DEL SERVICIO DE AGUA POTABLE. NO DEBEN CONDICIONARSE SUS EFECTOS A LA ACREDITACIÓN DEL PAGO DEL ADEUDO. (XV.1o.19 A )
- MUNICIPIOS, INTERESES DE LOS. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis