COOPERATIVAS, REPRESENTACION DE LAS.
De acuerdo con lo dispuesto por los artículos 28 y 29 de la Ley General de Sociedades Cooperativas y 36, fracción II, de su reglamento, las cooperativas deben estar representadas por su respectivo consejo de administración, lo cual requiere que concurran todos los miembros de éste y no sólo parte de ellos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318376-2ae77bfa/cooperativas-representacion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3971/52. Cooperativa de Autotransportes de Tuxpan, Nayarit, S. C. L. 13 de julio de 1953. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Octavio Mendoza González. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez.
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