IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS SOCIEDADES Y A SUS SOCIOS.
La Ley del Impuesto sobre la Renta, al gravar en cédula I la utilidad de las sociedades mercantiles, y en cédula II a los socios, de acuerdo con lo dispuesto por la fracción IX bis del artículo 15 de dicha ley y 67 bis de su reglamento, no establece una doble tributación, en virtud de que los artículos 2o. de la Ley General de Sociedades Mercantiles y 25, fracción III, del Código Civil, dan personalidad jurídica a la ficción legal indicada; y como la ley no establece excepción alguna para fines fiscales y la citada ficción tiene un valor igual o superior a la realidad, no existiendo la doble tributación de que se habla, tampoco se rompe la proporcionalidad y equidad requeridas por el artículo 31 de la Constitución General de la República.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/318433-e46441bc/impuesto-sobre-la-renta-a-las-sociedades-y · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS SOCIEDADES Y A SUS SOCIOS. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS SOCIEDADES Y A SUS SOCIOS. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS SOCIEDADES Y A SUS SOCIOS. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA A LAS SOCIEDADES Y A SUS SOCIOS. (s/clave)
- IMPUESTO A LAS SOCIEDADES Y A SUS SOCIOS. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, CONSTITUCIONALIDAD DE LA FRACCIÓN IX BIS, DEL ARTÍCULO 15 DE ESA LEY Y DEL ARTÍCULO 67 BIS, DE SU REGLAMENTO.- (1315)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis